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Nuevos modelos

La forma de rectificar las autoliquidaciones presentadas va a cambiar...

Nuevos modelos

Autoliquidaciones rectificativas

La forma de rectificar las autoliquidaciones de ciertos impuestos va a cambiar próximamente y, a estos efectos, está previsto que se aprueben unos nuevos modelos de autoliquidación rectificativa, que deberán presentarse con independencia de que la rectificación suponga un mayor ingreso o una solicitud de devolución de parte de las cuantías satisfechas, o incluso si no modifica el resultado.

El primer modelo de declaración de autoliquidación que está previsto que se apruebe es el del IVA. El nuevo modelo será aplicable a partir de la declaración de IVA de septiembre de 2024 (para empresas que declaren cada mes) o la del tercer trimestre (para las que declaran de forma trimestral). Así pues, el nuevo modelo no afecta a las autoliquidaciones presentadas con anterioridad, que deberán rectificarse de la misma forma que se hacía hasta ahora (con complementaria o escrito rectificativo).

 

Viviendas con fines turísticos

El modelo 179 “Declaración informativa anual de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos”, que hasta ahora debían presentar los intermediarios en el alquiler de inmuebles con fines turísticos, ha sido anulado.  No obstante, las plataformas digitales que intermedian en alquileres turísticos van a tener que seguir informando de estas operaciones a través del nuevo modelo 238 “Declaración informativa para la comunicación de información por operadores de plataformas”.

Este modelo deberá presentarse en el mes enero de cada año (en enero de 2025 deberán informar de las operaciones de 2024), por lo que si usted es arrendador de una vivienda turística y recurre a estas plataformas digitales, Hacienda seguirá estando informada de sus alquileres.

 

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